Sunday, May 20th, 2012

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Nosotros


Mi nombre es Frankie soy el rostro de la primera Telematon Canina de Costa Rica

Yo soy Costa Rica tambien y yo tambien pago impuestos, entonces porque  no hacer cumplir esos derechos segun la Ley de Bienestar Animal 7451 para los demas animales que tienen un futuro de hambre, atropellos y maltrato en las calles de Costa Rica.

Telemaraton Canina

Asociacion sin fines de lucro fundada y manejada por voluntarios sin costos administrativos

Reforzar la Ley SENASA para que el maltrato, violencia y abandono sea penado con carcel.


SENASA es la entidad del estado encargada de regular criaderos y ventas de mascotas, ademas de resolver, recoger, multar, inspeccionar,decomizar, DENUNCIAS DE MALTRATO  a nivel nacional, hay un SENASA en cada canton del pais, ellos son los responsables en conjunto con cada Municipalidad que segun la ley 7451,de tener un Refugio para los animales de las calles o animales maltratados por sus duenos, mas eso no se cumple.


Programa educativo para que la Ley SENASA y los derechos de los animales sean materia escolar desde pre kinder como lo es el civismo, valores, educacion para el hogar o artes plasticas.


Construir en cada canton de Costa Rica, una Clinica Veterinaria de bajo costo con un refugio para los animales de las calles en conjunto con asociaciones locales, empresa privada y Municipalidad de la zona, tomando en cuenta que el factor mas importante es una comunidad organizada y sus recursos ulitizados proactivamente.


Tu aporte hace la diferencia, endosa productos o empresas que comparten tu sentir a esta causa social.

Como lo logramos ?

#1 La empresa privada y publica debe abrir su corazon y mente para nosotros incluyendonos en sus programas de responsabilidad social.

Alcancias

Eventos sociales

Programa de responsabilidad social

Donacion directa o patrocinador de servicios

Publicidad con peso social

Recurso Humano

Productos de la Teleton en las asociaciones y puntos de venta de cada empresa


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Voluntarios de Aerosolutions transportando alimento donado


#2 Comunidad Organizada, comunidad educada.

Programa de castracion de bajo costo con la ayuda de la Veterinaria Laura Villegas y su equipo. Frankie visita escuelas hablando a los niños y niñas de la importancia de adoptar y no comprar una mascota.

Escuelas
Colegios
Universidades
Comunidad de vecinos

Nº 7451

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPUBLICA DE COSTA RICA

DECRETA :

LEY DE BIENESTAR DE LOS ANIMALES

CAPÍTULO I
Disposiciones generales

ARTÍCULO 1.- Valores
La familia y las instituciones educativas fomentarán, en niños y
jóvenes, los valores que sustentan esta Ley. De manera particular se
enfatizará en los siguientes:

a. La conciencia de que los actos crueles y de maltrato contra los
animales lesionan la dignidad humana.
b. El fomento del respeto por todos los seres vivos.
c. La conciencia de que la compasión por los animales que sufren
dignifica al ser humano.
d. El conocimiento y la práctica de las normas que rigen la protección
de los animales.


grupo1

Voluntarias en la Feria de la Universidad Nacional 2009


#3 Municipalidades y Senasa

Si se tiene el terreno  para la construccion de una Clinica de bajo costo, donde se habilitara un  lugar para los animales de las calles, asi  la misma comunidad tendra la opcion de adoptar una mascota castrada, vacunada, desparacitada  en lugar de comprar y una Clinica de bajo costo,  seran los  beneficiados  directos . Proteger la salud en general es una prioridad y al no tener animales en las calles enfermos solucionamos en realidad.

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPUBLICA DE COSTA RICA

DECRETA :

LEY DE BIENESTAR DE LOS ANIMALES

Capitulo IV

ARTÍCULO 19.- Adopción o remate de animales
Las autoridades administrativas deberán llevar los animales
mencionados en los dos artículos anteriores a albergues o al fondo
municipal para ser adoptados o rematados. En estos casos, se concederá
un plazo de tres días hábiles al propietario o al poseedor para
reclamar sus derechos. Si quince días hábiles después de vencido ese
plazo, no se ha verificado la adopción ni el remate, deberá dárseles
muerte sin sufrimiento.

Durante la permanencia en el albergue o el fondo municipal, a los
animales deberá brindárseles atención y asistencia médico veterinaria,
como se establece en la Ley de regulación de la tenencia y matrícula
de perros Nº 2391, del 2 de julio de 1959.

ARTÍCULO 20.- Condiciones de albergues y fondos municipales
En la medida de lo posible, todo albergue o fondo municipal parra
animales deberá contar con la dirección técnica y científica, que
garantice los tratamientos y los cuidados convenientes así como la
muerte sin dolor mediante supervisión profesional.

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Fotografias e historia de Mickey Hello y Marianela. Derechos reservados 2009. Heredia, Costa Rica.


Nuestra Teleton tiene una meta  20 millones de colones.

Que dices ? Solo juntos podemos solucionar, se un patrocinador se parte de la solucion.

Toda nuestra informacion legal y financiera sera publica y cada patrocinador sera mencionado o se le asignara un codigo a peticion.

Voluntarios Junta directiva


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